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603 m2 Superificie total
Orientación este

Descripción

Fideicomiso al costo. San Antonio forma parte de Canning Village. Redes subterráneas de electricidad, agua, cloacas y gas; asfalto con cordón cuneta, laguna de 5ha, SUM y sector deportivo.
Entrega 2025

Características de la propiedad

  • en bº cerrado
  • Orientación: este
  • disponible

Superficies Aprox., Medidas Generales y Datos Técnicos

  • Sup. Terreno (m2): 603

Descripción Complementaria

  • Alumbrado
  • Energía Eléctrica
  • Red de Agua
  • Servicios Cloacales
  • Gas de Red

Forma de Pago

Antes del 20/02/23: Anticipo en dólares

A partir de marzo 23': 24 cuotas mensuales en pesos + CAC (base octubre 22').

Gastos administrativos mensuales $5.500 (también se actualiza por CAC)

En diciembre 23' y septiembre 24': 2 refuerzos en pesos + CAC (base octubre 22')

 

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AVISO LEGAL: i) Las descripciones arquitectónicas y funcionales, fotos, renders, memorias descriptivas, medidas del inmueble, precios, valores de expensas, impuestos y servicios y fechas de entrega de los emprendimientos son aproximados y meramente orientativos, y no obligan contractualmente a Toribio P. de Achával y Cía S.A. ni resultan vinculantes; ii) Los datos fueron proporcionados por el propietario o por el desarrollador y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo que pueden arrojar inexactitudes y discordancias respecto de los datos exactos, los cuales surgen de las facturas, títulos y planos legales del inmueble; iii) Toribio P. de Achával y Cía S.A. recomienda y sugiere al usuario y/o al interesado realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo -a tal fin- por sí o a través de profesionales las copias necesarias de la documentación que estimen necesario conocer con exactitud; iv) En Toribio P. de Achával y Cía S.A. estamos a total disposición del interesado para proveerlo de toda información que nos requiera. Ante cualquier duda sobre la información recibida o sobre aquella disponible en nuestro sitio web, por favor consulte.

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LEGAL - CABA Ley 5859 Artículo 4º "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.