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USD 40.000

Av Entre Rios 1660

Constitución - Capital Federal

21.64 m2 Superificie total
21.64 M2 cubiertos

Descripción

Local a la Calle sobre la Avenida Entre Ríos 1660 en el barrio de Constitución. Ubicado en el área comercial de Constitución a tan solo 1 cuadra de la Avenida Juan de Garay, 5 cuadras de la estación de subte Entre Ríos ( Linea E ) y a 7 cuadras de la estación de Tren y Subte Constitución. Zona Residencial y Comercial. El local se encuentra a reciclar dado que una de las paredes medianeras tiene humedad. El local tiene baño propio.

Características de la propiedad

  • a la calle
  • Disposición: al frente
  • a reciclar

Superficies Aprox., Medidas Generales y Datos Técnicos

  • Sup. Total Disponible (m2): 21.64
  • Sup. Cubierta (m2): 21.64
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AVISO LEGAL: i) Las descripciones arquitectónicas y funcionales, fotos, renders, memorias descriptivas, medidas del inmueble, precios, valores de expensas, impuestos y servicios y fechas de entrega de los emprendimientos son aproximados y meramente orientativos, y no obligan contractualmente a Toribio P. de Achával y Cía S.A. ni resultan vinculantes; ii) Los datos fueron proporcionados por el propietario o por el desarrollador y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo que pueden arrojar inexactitudes y discordancias respecto de los datos exactos, los cuales surgen de las facturas, títulos y planos legales del inmueble; iii) Toribio P. de Achával y Cía S.A. recomienda y sugiere al usuario y/o al interesado realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo -a tal fin- por sí o a través de profesionales las copias necesarias de la documentación que estimen necesario conocer con exactitud; iv) En Toribio P. de Achával y Cía S.A. estamos a total disposición del interesado para proveerlo de toda información que nos requiera. Ante cualquier duda sobre la información recibida o sobre aquella disponible en nuestro sitio web, por favor consulte.

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LEGAL - CABA Ley 5859 Artículo 4º "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.