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USD 900.000

Maipu 275

San Nicolas - Capital Federal

2300 m2 Superificie total
2300 M2 cubiertos

Descripción

Local en esquina! 41mts lineales de vidriera! Sobre lote propio! PB de 400m2 aprox, con entrepiso balconeando de 250m2. Las demas ´plantas SS, 1er piso, 2do piso y 3er piso tienen 400m2 aprox.

Superficies Aprox., Medidas Generales y Datos Técnicos

  • Sup. Total Disponible (m2): 2300
  • Sup. Cubierta (m2): 2300
  • Sup. Terreno (m2): 400
  • Frente (mts.): 41
  • Frente Vidriera (m2): 41

Descripción del Inmueble

  • Planta Baja: 400 m2
  • Mts2: 200
  • Mts2: 400
  • Mts2: 400
  • Mts2: 400
  • Mts2: 400
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AVISO LEGAL: i) Las descripciones arquitectónicas y funcionales, fotos, renders, memorias descriptivas, medidas del inmueble, precios, valores de expensas, impuestos y servicios y fechas de entrega de los emprendimientos son aproximados y meramente orientativos, y no obligan contractualmente a Toribio P. de Achával y Cía S.A. ni resultan vinculantes; ii) Los datos fueron proporcionados por el propietario o por el desarrollador y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo que pueden arrojar inexactitudes y discordancias respecto de los datos exactos, los cuales surgen de las facturas, títulos y planos legales del inmueble; iii) Toribio P. de Achával y Cía S.A. recomienda y sugiere al usuario y/o al interesado realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo -a tal fin- por sí o a través de profesionales las copias necesarias de la documentación que estimen necesario conocer con exactitud; iv) En Toribio P. de Achával y Cía S.A. estamos a total disposición del interesado para proveerlo de toda información que nos requiera. Ante cualquier duda sobre la información recibida o sobre aquella disponible en nuestro sitio web, por favor consulte.

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LEGAL - CABA Ley 5859 Artículo 4º "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.