Nuestra Historia
En 1955 Toribio Achával inicia sus actividades en la gestión inmobiliaria, poniendo así en marcha un proyecto al que le dedicará el mayor esfuerzo durante toda su vida: la creación de una gran empresa inmobiliaria.
El sostenido desarrollo impulsa, en 1979, el traslado de sus oficinas a la esquina de Callao y Las Heras, la que, con el transcurrir de los años, se convertirá en la esquina inmobiliaria por excelencia de Buenos Aires.
Corriendo los ’80, se incorporan a la empresa los hijos del fundador. Una nueva generación, innovadora y pujante, suma su esfuerzo y capacitación al estilo paterno.
En 1988 fundan Toribio Achával S.A. conciliando la experiencia y las nuevas ideas pero respetando siempre la tradicional búsqueda de excelencia profesional.
Llega la década del ’90 y con ella la expansión de la empresa hacia el sector comercial, con la inauguración de sus oficinas en Puerto Madero. Asimismo y desde entonces, Toribio Achával S.A. provee acceso a los principales mercados del mundo para sus clientes con necesidades internacionales.
Prestar el más amplio rango de servicios
inmobiliarios de acuerdo
a estándares internacionales.
Mantener la más alta reputación,
tanto en lo que se refiere a la integridad
y consistencia de nuestra gente,
como a la calidad de nuestros servicios.
Permitir el desarrollo profesional
de nuestra gente, procurando atender
sus intereses personales y potencialidades,
generando igualdad de oportunidades,
capacitando y motivando para alcanzar
los objetivos de la organización.
Consolidar las relaciones con clientes,
colegas, proveedores, inversores,
desarrolladores, entidades públicas,
ONG’S, etc., como forma de manifestar
nuestro rol de empresa independiente,
comprometida con su entorno.
Satisfacer las expectativas de
nuestros accionistas.
Nuestra
Misión
Directores

Toribio de Achával
PresidenteDirector de Sucursales Matrícula CUCICBA N° 394
Máster en Dirección de Empresas (I.A.E.)
Arquitecto (U.B.A.)

Facundo de Achával
VicepresidenteDirector ComercialMatricula CUCICBA N° 395
Técnico en Pequeña y Mediana Empresa

Martin Boquete
Director de Emprendimientos Matrícula CUCICBA N° 396 Tasador.
Martillero Público y Corredor (U.N.F.)
Máster en Dirección de Empresas (I.A.E.)
Lic. en Economía (U.N.T.)
Ley 2340
ARTICULO 11- DERECHOS SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS:
Inciso 2°: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte co-contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos.
ARTICULO 57 Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2° del articulo 11, para los casos de locación de inmueble destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimo por ciento (4,15%) el valor total del respectivo contrato. 3°.- Comuniquese, etc.
Ley 3588
ARTICULO 1° – Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades – así como en su sitio web, si lo tuvieran la transcripción de los artículos 11, inciso 2°, y 57 de la Ley N° 2340. y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen.
ARTICULO 2° – Sin prejuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales N° 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la Ley N°757.
ARTICULO 3° – Comuniquese, etc.