Logo Toribio Achaval
USD 660.000

Rio de Janeiro 645 PB

Parque Centenario - Capital Federal

232 m2 Superificie total
232 M2 cubiertos
Orientación oeste

Descripción

Amplio local apto gastronomicó a estrenar en edificio doble frente. Posee 26 m2 cubiertos en PB y subsuelo- (155 m2 en PB, 109 EN ss) Entrega Abril 2026

Características de la propiedad

  • e/medianera
  • Orientación: oeste
  • a estrenar
  • de categoria

Superficies Aprox., Medidas Generales y Datos Técnicos

  • Sup. Total Disponible (m2): 267
  • Sup. Cubierta (m2): 232
  • Sup. Descubierta(m2): 34.55

Forma de Pago

40% al Boleto

55% en 24 cuotas en dolares.

5% a la posesión.

 

.

AVISO LEGAL: i) Las descripciones arquitectónicas y funcionales, fotos, renders, memorias descriptivas, medidas del inmueble, precios, valores de expensas, impuestos y servicios y fechas de entrega de los emprendimientos son aproximados y meramente orientativos, y no obligan contractualmente a Toribio P. de Achával y Cía S.A. ni resultan vinculantes; ii) Los datos fueron proporcionados por el propietario o por el desarrollador y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo que pueden arrojar inexactitudes y discordancias respecto de los datos exactos, los cuales surgen de las facturas, títulos y planos legales del inmueble; iii) Toribio P. de Achával y Cía S.A. recomienda y sugiere al usuario y/o al interesado realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo -a tal fin- por sí o a través de profesionales las copias necesarias de la documentación que estimen necesario conocer con exactitud; iv) En Toribio P. de Achával y Cía S.A. estamos a total disposición del interesado para proveerlo de toda información que nos requiera. Ante cualquier duda sobre la información recibida o sobre aquella disponible en nuestro sitio web, por favor consulte.

logo
© Toribio Achával. Todos los derechos reservados.
QR AFIP

LEGAL - CABA Ley 5859 Artículo 4º "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.